Cómo funciona esta estafa
Suena el teléfono: «le llamamos del departamento de seguridad de su banco; están intentando robarle y debe actuar ya». A veces la llamada muestra el número oficial del banco (spoofing). Te guían paso a paso: códigos que llegan por SMS, «mueva su dinero a una cuenta segura», o instalar una aplicación «de protección» que en realidad les da acceso o les deja ver tu pantalla. Las víctimas suelen ser personas prudentes que precisamente creían estar evitando un robo. Es uno de los patrones que más tramitamos en el despacho, también con clientes de edad avanzada.
Lo que dice la ley y los tribunales
Aunque tú tecleases códigos o siguieras instrucciones, tu voluntad estaba viciada por un engaño diseñado por profesionales: no hay consentimiento válido. La jurisprudencia de 2024-2026 viene rechazando que estos supuestos constituyan negligencia grave, y la STS 571/2025 ha fijado que la negligencia grave del cliente debe probarla el banco y se interpreta de forma restrictiva, «próxima al dolo». Además, la pasividad del banco ante una operativa inusual (cargos en ráfaga, horas intempestivas, importes anómalos frente a tu perfil) genera responsabilidad de la entidad.
Frases como «las operaciones se autorizaron con sus credenciales», con las que los bancos deniegan estas reclamaciones, ya no bastan: es exactamente el argumento que el Tribunal Supremo ha desactivado.
Qué debes hacer ahora
- Corta toda comunicación con los estafadores y llama al número oficial del banco para bloquearlo todo.
- Si te hicieron instalar alguna aplicación, no la borres todavía: es prueba. Apaga el dispositivo o desconéctalo de internet.
- Denuncia con el máximo detalle: horas de las llamadas, números, qué te dijeron.
- Reúne extractos y justificantes de todos los cargos.
Con eso, nosotros armamos la reclamación: primero al banco, después al Banco de España y, si hace falta, demanda judicial. Y si el banco pretende además cobrarte como deuda el dinero que te robaron de la tarjeta, también sabemos frenar eso.
Por qué estos casos se ganan
El vishing es, junto al phishing, el patrón con mejor jurisprudencia para el cliente. Tres razones. Primera: la operativa que ejecutan los estafadores es anómala — transferencias altas seguidas, retiradas en ráfaga, compras nocturnas a comercios extranjeros — y los sistemas antifraude que la normativa europea exige al banco deberían haberla frenado; si no saltó ninguna alarma, el servicio falló. Segunda: el banco tiene la carga de la prueba — debe aportar los registros de autenticación y demostrar tu negligencia grave, no basta con afirmarla. Tercera: los tribunales valoran el contexto real del engaño (llamada con el número oficial clonado, guion profesional, presión y miedo), no el ideal de un usuario imperturbable.
En el despacho lo estamos viendo en vivo: tramitamos ahora mismo un vishing de 41.884 € —el Banco de España ha admitido la reclamación y ha exigido explicaciones al banco— y otro de 10.046 € a una clienta de 84 años a la que guiaron por teléfono, camino de los tribunales.
Cuánto te costará reclamar
Con nuestra tarifa por tramos sabes el coste antes de empezar: 145 € en total para importes de hasta 800 €; 245 € más un 15 % a éxito hasta 3.000 €; y a partir de ahí, solo cobramos si cobras (20 %, o 15 % por encima de 15.000 €), con la vía judicial incluida y el IVA ya dentro de todos los precios. La tabla completa está publicada — sin letra pequeña — y en todos los tramos te redactamos la denuncia para que solo tengas que presentarla.
Preguntas frecuentes
Fui yo quien tecleó los códigos que me dictaron. ¿Puedo reclamar igualmente?
Sí. Que materialmente introdujeras tú los códigos no convierte la operación en autorizada: tu voluntad estaba viciada por un engaño profesional. El Tribunal Supremo (STS 571/2025) ha declarado que son operaciones no autorizadas aunque se usaran tus claves, si tú niegas haberlas consentido, y que corresponde al banco probar lo contrario.
Compartí la pantalla del móvil con el estafador. ¿Lo he perdido todo?
No necesariamente. La pantalla compartida es una técnica más del fraude (aparece incluso descrita en las cartas del Banco de España sobre vishing). Los tribunales examinan si el engaño era detectable por un usuario medio: una llamada que suplanta al departamento de seguridad de tu banco, con tus datos y con urgencia, ha bastado en muchas sentencias para descartar la negligencia grave.
El banco me ha contestado que las operaciones se hicieron “con mis credenciales”. ¿Es el final?
No: es la carta estándar de denegación, y es exactamente el argumento que el Supremo ha rechazado. El registro de la operación no prueba que tú la autorizases. Esa denegación estereotipada, además, juega a tu favor después, ante el Banco de España y en el juzgado.
Los cargos fueron en mi tarjeta de crédito y ahora el banco me reclama esa deuda. ¿Tengo que pagarla?
Mientras el cargo esté impugnado es una deuda controvertida: puede exigirse al banco que no aplique intereses ni te incluya en ficheros de morosidad hasta que se resuelva. Es uno de los frentes que cubrimos al asumir el caso.
¿Qué plazo tengo?
Comunica la operación al banco en cuanto la detectes — ese aviso inmediato es clave — y como máximo dentro de los 13 meses siguientes al cargo. Para la reclamación posterior y la vía judicial hay más margen, pero cada semana cuenta para las retrocesiones.